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La Sociedad Civil de las Tierras del Larzac, un enfoque innovador y original de la gestión de los bienes raíces de los territorios rurales

Escrito por: José Bové, Elaboración final : Michel Merlet, Morgane Le Gal

Fecha de redaccion:

Organizaciones: Institut de Recherche et d’Applications des Méthodes de Développement (IRAM), Réseau Agriculture Paysanne et Modernisation (APM), Fondation Charles Léopold Mayer pour le Progrès de l’Homme (FPH)

Tipo de documento: Artículo / documento de difusión amplia

Fuentes documentales

José Bové, « La Société Civile des Terres du Larzac », Communication au Séminaire International sur la Réforme Agraire, IBASE, Fondation Charles Leopold Mayer, Rio de Janeiro, mai 1998

Una larga lucha campesina, emblemática y victoriosa, contra la expansión de un campo militar

Después de 10 años de lucha contra la expansión del campo militar del Larzac, gracias a acciones no violentas, originales y con gran impacto en la opinión pública, que generaron un apoyo nacional e internacional, los campesinos de la meseta del Larzac obtienen en 1981 una victoria histórica con la cancelación del proyecto.

Es en este contexto que nace la Sociedad Civil de las Tierra del Larzac (SCTL). Es la solución jurídica imaginada por los habitantes del Larzac, para administrar las 6.300 ha que habían sido compradas por el Estado con el propósito de agrandar el campo militar, y que no volvieron a ser compradas por sus antiguos propietarios, a menudo no residentes en la zona, después del abandono del proyecto de extensión.

Se explotaban entonces la mayoría de las tierras, sea porque la mayoría de los campesinos 1 no habían dejado de cultivarlas después de que sus propietarios vendieran al ejercito, o sea gracias a la instalación espontanea de jóvenes agricultores en los años 75-77, ocupando otra parte de las fincas vendidas al ejercito por especuladores.

Desde mayo de 1981, el grupo de campesinos del Larzac comprende la importancia de este reserva de tierras adquiridas por el Estado: estas 6.300 ha se encuentran agrupadas geográficamente y liberadas del peso de la propiedad privada; se percibe como una gran oportunidad para la agricultura en la meseta.

Por otro lado, los campesinos del Larzac toman conciencia de la responsabilidad que asumen frente al mundo campesino y ante los militantes que les han apoyado: la solución que van a aplicar debe servir de ejemplo. El interés en encontrar una solución jurídica que garantice la actividad agrícola en el tiempo, sin pasar por la venta de las tierras a los agricultores, supera obviamente el cuadro local.

Una redistribución de las tierras manejada por los propios campesinos del Larzac

Desde 1981, los campesinos del Larzac iniciaron una reflexión colectiva que iba a durar más de tres años. El objetivo prioritario era la instalación de nuevas explotaciones y no el crecimiento de las que existían. Se creó entonces una “comisión de instalación”, que elaboró criterios de selección de los candidatos. Se privilegiaron los proyectos con un importante valor añadido, que necesitaban mucha mano de obra, y que tenían como perspectiva el aumento de la población en la meseta 2 y contribuían en hacer más dinámica la vida económica y social de la región.

Iniciado el trabajo de este modo, se continuó con una “comisión inter-cantonal para la optimización del acceso a la tierra del Larzac” y con comisiones comunales en cada una de las doce municipalidades de la meseta. Con un ritmo de una reunión por mes durante tres años, esta comisión realizó el inventario de las tierras disponibles, con una clasificación agronómica de los suelos, seleccionó los candidatos y repartió las tierras disponibles. La comisión se ocupó a la vez de los edificios rurales que no eran de uso agrícola y que se encontraban en el área.

La repartición de las tierras tomó en consideración a los campesinos que tenían un contrato de alquiler antes de la expropiación por el ejercito (3.200 hectáreas volvieron a manos de sus arrendatarios originarios), y se atribuyeron 2.800 hectáreas a veintidós nuevas explotaciones agrícolas. De estas, siete habían sido creadas gracias a la ocupación de las tierras durante la lucha, y quince fueron creadas después de la lucha. Para facilitar la instalación de los jóvenes agricultores, los campesinos renunciaron a algunas de sus parcelas sin compensación. Se hicieron varios intercambios con el propósito de agrupar las tierras alrededor de las sedes de las explotaciones.

Sólo tres años fueron necesarios para que los campesinos del Larzac pudieran encontrar una respuesta viable a esta delicada cuestión de reestructuración agraria.

La creación de la Sociedad Civil de las tierras del Larzac

A partir de diciembre 1982, los campesinos estaban en búsqueda de una estructura para administrar las tierras del Larzac, con el fin de entregar la responsabilidad de la administración a un organismo independiente del poder del Estado. Con la ayuda de juristas, optan por la creación de una Sociedad Civil, una estructura original calcada de las sociedades civiles con asociados, y que tiene como objetivo administrar el patrimonio construido y no construido del Estado en el Larzac.

Los asociados de la SCTL son personas físicas y morales de distintos tipos:

  • a/o bien son productores que trabajan las tierras que la SCTL administra,

  • b/o son utilizadores no agrícolas de edificios administrados por la SCTL

  • c/o son agricultores miembros de una Comisión comunal de ordenamiento de las tierras (una por municipalidad)

Según los estatutos, la mitad de las « acciones » más una deben estar en posesión de los asociados mencionados en el punto a/. Se busca favorecer la sostenibilidad de la actividad agrícola en el mediano plazo, garantizando en los órganos de dirección una presencia mayoritaria de los agricultores.

En el consejo de administración, la mayoría refleja la vocación agrícola de la mayoría de los bienes, pero también se asegura una representación de los usuarios no agrícolas, para que se tome en cuenta el desarrollo de las actividades rurales no vinculadas con la agricultura, y de este modo se permita una vida equilibrada en el Larzac.

El 29 de abril de 1985, la Sociedad Civil de las Tierras del Larzac (SCTL) firma con el Estado un contrato enfitéutico de arrendamiento de sesenta años, renovable, sobre 6.300 ha 3. Gracias a este montaje jurídico, el Estado afirma su voluntad de apoyar la descentralización y la gestión por los propios interesados de sus medios de trabajo. La SCTL, que debido a su composición, reúne a la mayoría de los utilizadores de los bienes del Estado, administra el patrimonio del Estado y toma decisiones en función de la opinión de los utilizadores. La SCTL arrienda o presta el patrimonio que administra en función de las reglas que se establecieron y adoptaron después de largos debates: el objetivo es la reactivación de la vida rural en la meseta, por la vía de las instalaciones de nuevos agricultores y a la vez consolidando la situación de la gente que allí se encontraba.

Los dos principales tipos de contrato 4 privilegian la noción de duración de la actividad profesional, al considerar que los alquileres (con algunas excepciones) están siempre relacionados con un uso, con el mantenimiento o con la creación de empleos.

La SCTL propone a los agricultores un contrato de arrendamiento de carrera, válido hasta la jubilación del productor. Este tipo de contrato constituye un ejemplo de seguridad de los derechos de los productores que no pasa por la propiedad. Es un contrato de arrendamiento que esta en conformidad con el Código Rural francés: garantiza la utilización de la unidad de producción durante toda la actividad profesional del productor 5, pero que no es cesible de manera automática a sus descendientes 6. Su precio, como ocurre con todos los contratos de arrendamiento agrícolas en Francia, esta normado por el Estado, a través de la Prefectura.

Los usuarios no agrícolas, a diferencia de los productores, benefician de un “préstamo para el uso” que es una forma de contrato gratuito, poco conocido y destinado al patrimonio construido sin vocación agrícola alguna. El préstamo se establece en función del uso definido en el contrato (artesanía, comercio, vivienda, etc.). La duración es determinada por la SCTL en función de la duración de la actividad profesional que ejerce el beneficiario. El contrato es gratuito y no es transmisible a los herederos 7.

La SCTL tuvo que tomar en cuenta el hecho de que los edificios, el patrimonio construido, se encontraban en muy mal estado. La reinstalación en las fincas o las casas necesitaba realizar inversiones importantes, que la SCTL no podía asumir. Las reparaciones y las mejoras de los edificios están a cargo de los ocupantes: se valorizan las mejoras para tomarlas en cuenta cuando el arrendatario sale. La SCTL definió un « valor de uso » aceptado por todos, que asegura una indemnización justa al ocupante que se va, y permite que las personas que se jubilan dispongan de una suma suficiente para poder encontrar otra vivienda para reubicarse.

¿Que lecciones se pueden sacar de esta experiencia?

Si bien es cierto que se desarrolló en condiciones muy particulares, la experiencia de la Sociedad Civil de las Tierras del Larzac se construyó a partir de un enfoque innovador y original de la administración de la propiedad agrícola para el desarrollo local, cuyo interés va mucho más allá del ámbito local. Esta demuestra que la gestión colectiva de un importante conjunto de tierras y otros bienes raíces 8 es posible, y que puede tener éxito si se organiza tomando en cuenta de manera realista los intereses de todos los usuarios del espacio.

El acceso a la propiedad agrícola debe poder darse independientemente del título de propiedad. Para un productor, el hecho de poder instalarse sin estar obligado de adquirir la tierra ha sido determinante. El acceso a los bienes raíces y a la tierra ya no esta sometido al mercado: sin haber tenido que abolir la propiedad, la administración de la tierra y la gestión de su vocación agrícola pueden asegurarse colectivamente al nivel de una municipalidad, de un cantón o de un territorio.

El uso colectivo de la tierra debe preservarse y el interés colectivo debe prevalecer sobre el interés individual. El que trabaja la tierra no debe necesariamente poder decidir de todo. Es de manera colectiva que la gente que vive en un territorio debe decidir de la utilización de la tierra que más les conviene. Se puede quitar tan sólo una parte del derecho de propiedad al poder del mismo propietario para administrar de manera colectiva un territorio. Ya no se trata más del principio de “la tierra para los que la trabajan”, pero de otro principio nuevo “la tierra para el uso de los habitantes de un territorio”.

1 Para 103 campesinos implicados en la lucha contra la extensión del campo militar se contaba 450 propietarios.

2 Afectada, como muchas de las zonas rurales francesas, por un fenómeno de desertificación vinculado al modelo de desarrollo agrícola dominante.

3 Los campesinos administran también de manera colectiva 1.200 ha suplementarias, por el intermedio de los GFAs que se crearon en 1973 con el apoyo de militantes para impedir que el ejercito adquiriera las tierras. El GFA (Groupement Foncier Agricole) es una forma jurídica francesa de propiedad colectiva parecida a una sociedad inmobiliaria con accionistas, definida de manera especifica para el sector rural.

4 La SCTL firma un tercer tipo de contrato, los contratos para la caza, con las sociedades de caza comunal. Son gratuitos, lo que permite a la SCTL manejarlos con mas libertad.

5 En Francia, menos de 0,5 % de los campesinos son beneficiarios, ya que la mayoría de los propietarios privados rechazan de comprometerse en contratos de más de nueve años.

6 Si el hijo quiere retomar la unidad de producción de sus padres para una utilización idéntica, agrícola o artesanal, podrá hacerlo y será entonces prioritario en la asignación del contrato de arrendamiento. Pero si este hijo quiere utilizar la unidad arrendada para un objetivo que no este de acuerdo con las orientaciones de desarrollo definidas por la SCTL, no se le otorgará el contrato, y se buscará otro inquilino. La decisión se tomará entonces en la Asamblea General de la SCTL !

7 La SCTL prefirió el “préstamo de uso” al alquiler, para evitar los problemas de venta por debajo de actividades comerciales o artesanales, que hubieran anulado la posibilidad de la SCTL de seleccionar sus arrendatarios.

8 Numerosas municipalidades francesas tienen áreas más pequeñas.

Bibliografía

José Bové et François Dufour, Le monde n’est pas une marchandise, Des paysans contre la malbouffe, Entretien avec Gilles Luneau, Ed. La Découverte, Paris, 2000.